VIGENCIA DEL PADRE FRANCISCO VITORIA EN LA TERCERA GUERRA MUNDIAL

Miguel Ángel Barrios*

PROLOGO.

En el contexto actual de obliteración del Derecho Internacional Público, poner la atención en el pensamiento de Francisco de Vitoria y en las razones que sustentan la necesidad de la existencia de un orden internacional basado en principios humanitarios objetivos, resulta lo más oportuno.
Por ello, nos parece que esta iniciativa del Dr. Miguel Barrios es un atinado aporte para situar los acontecimientos y las reflexiones en el escenario que les corresponde.
Este trabajo está llamado a generar la inquietud por profundizar el conocimiento en el pensamiento del gran salmantino. Ahí estará su mayor fruto, lo que auguramos.
Pbro. Dr. Julio Raúl Méndez

INTRODUCCIÓN.

En el momento que estamos viviendo, con una intensidad máxima, lo que el Papa Francisco denomino proféticamente “tercera guerra mundial” de a trozos, resulta central rescatar desde la Teología Moral la vigencia del pensamiento del Padre Francisco de Vitoria, como creador del Derecho Internacional.

El sistema Mundo del siglo XXI carece de un “orden” mundial, por lo que su arquitectura jurídica creada al finalizar la segunda guerra mundial brilla por su ausencia. El régimen internacional de la bipolaridad nacida del Pacto de Yalta en 1945, dando origen muy poco después a la Organización de la Naciones Unidas (1945), resultaron incapaces en esta mutación de épocas de generar una gobernanza mundial efectiva que refleje democráticamente antiguos y nuevos actores multicivilizacionales del mundo de la globalización actual.

Las guerras “en cuotas” de esta tercera guerra mundial, se ha acelerado en varios frentes: las guerras de Estados Unidos – Israel en Medio Oriente contra Irán, Rusia enfrentándose con la OTAN en Ucrania, la guerra de Pakistán contra los Talibanes de Afganistán, China poniendo su foco de vigilancia siempre en Taiwán y las amenazas de Estados Unidos a través de su nueva Estrategia de Seguridad Nacional (2025), con dominar absolutamente el Hemisferio Occidental amenazando a Venezuela, Cuba, Groenlandia y Canadá, son el resultado de un vacío diplomático debido a la ausencia de un Derecho Internacional acorde al mundo actual, que se presenta vetusto y anacrónico.

El gran desafío como lo planteó desde un principio el Papa Francisco en la Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium donde advierte que entre los desafíos que tenemos se encuentra: “El mundo actual esta lacerado por las guerras y la violencia, o herido por un difuso individualismo que divide a los seres humanos y los enfrenta unos contra otros”. (Papa Francisco. Exhortación Apostólica “Evangelii Gaudium” Editorial Santa María. Buenos Aires 2014. Pág.70-98).

La guerra no es un fantasma del pasado, sino que se ha convertido en una amenaza constante… La Carta de la Naciones Unidas, respetada y aplicada con transparencia y sinceridad, es un punto de referencia obligatoria de Justicia y cauce de la paz. Pero esto supone no disfrazar intenciones espurias ni colocar los interese de un país o grupo por encima del bien común individual. Si la norma es considerada un instrumento al que se 5 acude cuando resulta favorable y que se elude cuando no lo es, se desatan fuerzas incontrolables que hacen un gran daño a las sociedades, a los más débiles, a la fraternidad, al medio ambiente y a los bienes culturales, con pérdidas irrecuperables por la comunidad global”…”En nuestro mundo ya no hay solo “pedazos” de guerra de un país a otro, sino que se vive una “guerra mundial de a pedazos”. (Papa Francisco. Carta Encíclica “Fratelli Tutti”. Sobre la Fraternidad y la Amistad Social. Editorial Santa María. Buenos Aires 2020. Pág. 256-261)

Francisco, en todo su pontificado, pone en el tapete el tema central de este trabajo que consiste en identificar a la Naciones Unidas como un Organismo Multilateral que ya no refleja la situación mundial del siglo XXI y allí reside su ineficacia y la necesidad de reformular una nueva arquitectura jurídica internacional.

Desde la Teología Moral, que abarca la Doctrina Social de la Iglesia, nuestra misión cristiana pasa por descubrir lo que ella denomina el “discernimiento de los tiempos”. Significa interpretar los acontecimientos de la Historia, la Cultura y la Sociedad para descubrir en ello que está diciendo o pidiendo Dios a la humanidad y a la Iglesia en estos momentos.

El método “Ver, Juzgar y Actuar” asumido por la Iglesia y por el Concilio Vaticano II, posee tres pasos: “Ver” (analizar la realidad), “Juzgar” (evaluarla según el Evangelio) y “Actuar” (intervenir para mejorarla). Debemos asumir la responsabilidad como cristianos de ser personas activas para materializar un mundo que sea inclusivo para todos, un verdadero Poliedro de la Paz, en el sentido que nos enseñó el Papa Francisco. (Barrios Miguel Ángel. “Poliedro y Amistad Social”. Editorial Poliedro. Universidad de San Isidro. Buenos Aires 2023).

Teniendo en cuenta esta dimensión, recobra actual vigencia rescatar los aportes actuales del cristianismo para una Diplomacia activa de la paz, en la figura transcendental del creador del Derecho Internacional, Padre Francisco de Vitoria.

BIOGRAFÍA DEL PADRE FRANCISCO DE VITORIA.

Como dijimos en la Introducción, las controversias internacionales han vuelto a situar en el centro del debate mundial una cuestión clave: la naturaleza del Derecho Internacional.

Esta actualidad permite recordar, además de que muchos de los principios que deben regular una convivencia mundial más justa – dignidad humana, límites morales del poder, responsabilidad ante el débil (han sido defendidos durante siglos en el pensamiento cristiano), contribuye a humanizar el Derecho y la Política. La figura decisiva en los orígenes del Derechos Internacional Moderno es el Padre Francisco de Vitoria.

Era un Fraile Dominico del siglo XVI que sentó las bases éticas y jurídicas de las relaciones entre los pueblos, en un contexto marcado por la conquista y la expansión imperial. Nació en Burgos (España) en 1483 y murió en Salamanca (España) en 1546, siendo una de las figuras intelectuales más influyentes del Renacimiento español y europeo.

Teólogo, Fraile dominico y catedrático de la Universidad de Salamanca, su pensamiento trascendió el ámbito estrictamente religioso para convertirse en el pilar del Derecho Internacional Moderno.

Ingresó al Convento dominicano de San Pablo de Burgos en 1505. Era este Convento un Estudio General de la Orden, donde se enseñaba Gramática, Lógica, Filosofía y Teología. Luego continuó su formación humanística e hizo dos años más de Filosofía.

Posteriormente sus superiores lo enviaron a Paris, al Estudio General Dominicano de Santiago incorporado a la Universidad de Paris. Aquí entra en contacto con el círculo del Humanismo de Erasmo de Rotterdam y se siente atraído por las ideas renovadoras de esa importante corriente de pensamiento. Simultáneamente, siente simpatía por el Tomismo.

Su formación Humanística profunda no lo aleja de la Ciencias Físicas, Astronómicas y Matemáticas; la orientación práctica por la Teología Moral; la extensión de la Teología a los problemas políticos, sociales y económicos que preocupaba en su tiempo, la defensa de la libertad y los derechos de los pueblos, de las familias, de las personas en su dignidad, es lo que lo llevó a la puerta de la fundación del Derecho Internacional Moderno o de las relaciones justas entre los Estados.

Logra también compenetrarse con el sistema y la doctrina Tomista desarrollando una gigantesca labor de enseñanza. Vitoria centra su teología en el texto de Santo Tomás de Aquino: la “Suma Teológica”, obra cumbre de Santo Tomás de Aquino, escrita entre 1265 y 1274. El Padre Vitoria introduce esta novedad en el Colegio San Gregorio de Valladolid y luego en la Universidad de Salamanca, con fuertes oposiciones.

El Dominico estuvo 15 años en Paris, desde 1508 a 1523 como estudiante y luego como profesor. En 1522 consigue la Licencia en Sagradas Escrituras y en 1523 el doctorado. Regresa a España siendo su destino como profesor en el Colegio San Gregorio de Valladolid en 1523-24.

En 1525 como reconocimiento a su trayectoria, la Orden Dominicana le concedió el título de Maestro en Sagrada Teología. En 1526 es destinado a Salamanca y gana la principal catedra de Teología. Las novedades metodológicas que introdujo como dijimos, fue utilizar como principal obra de referencia la “Suma Teológica”.

La segunda novedad fue pedagógica y radicó en el dictado de las Relecciones teológicas que duraron 20 años, durante el ejercicio de la docencia en Salamanca (1526 a 1546). También fueron novedades académicas las Lecciones Ordinarias a los Catedráticos. Eran lecciones extras a los profesores en sus clases y se denominaban Repetición o Relección.

Quince fueron las Relecciones pronunciadas por Vitoria y todas ellas se conservan, menos la primera y la última. Seis de Relecciones Vitorianas se ocupan de los principios que rigen las relaciones entre unas sociedades y otras: “El poder civil”, de 1528; las dos sobre “El Poder de la Iglesia”, de 1532 y 1535; “El Poder del Papa y el Concilio”, de 1534 y las dos llamadas “De Indis”, es decir, “Sobre los indios”, de 1539 y la segunda, sobre “El Derecho de la Guerra”, también de 1539.

Las otras versan acerca de: “Sobre el Matrimonio” (1531); “Sobre la De Simonía”, “Sobre la Templanza”, “Sobre el aumento de la Caridad” (1535); “De lo que está Obligado a hacer el que llega al uso de la Razón” (1531); “Sobre la Magia” (1540), “Sobre el Homicidio” (1540).

De ahí que se le confirió el título de fundador de la escuela Teológica – Jurídica de Salamanca y fundador del Derecho Internacional Moderno. Al final de sus días recibió la invitación de Carlos V y de su hijo Felipe para asistir como Teólogo al Concilio Ecuménico de Trento.

Estaba muy enfermo, falleciendo en 1546. La Universidad de Salamanca con sus Profesores y Alumnos le honraron en las exequias, siendo enterrado en la Sala Capitular del Convento, hoy “Panteón de los Teólogos”. (Ver Fr. Ramón Hernández O.P “vida de Francisco de Vitoria www.dominicos.org ; “Quién fue Francisco de Vitoria www.ufu.es Universidad Francisco de Vitoria; Mario José Campos “Francisco de Vitoria, Padre del 8 Derecho Internacional Moderno”. Diócesis de Lugo www.diocesisdelugo.org ; Fr Delgado Luis (2004).” Pensamiento Humanista” de Francisco de Vitoria. Editorial San Esteban. Salamanca (España).

FRANCISCO DE VITORIA Y LA CREACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL MODERNO.

Francisco de Vitoria fue quien expresó los principios de lo que hoy conocemos como Derecho Internacional. Concibió la idea de la comunidad universal de todos los pueblos organizados políticamente (“Totus Orbis”) fundada en el Derecho Natural. “Totus Orbis” es una expresión que significa “todo el orbe” o “todo el mundo”, y se refiere a una comunidad política organizada y estructurada.

En la doctrina internacional de Vitoria, “Orbis” se refiere a una comunidad universal de todos los pueblos y hombres unidos por su naturaleza humana. En esta comunidad existe un Derecho Universal de la humanidad, llamada “ius Gentium”, que rige en todo el orbe.

Los argumentos aristotélicos de justificar una conquista invocando una supuesta superioridad y una esclavitud natural de quienes eran más débiles, tuvieron un choque con la Escuela de Salamanca, quienes se apoyaban en Santo Tomas de Aquino, alegando la defensa de los indios por poseer todos los derechos.

Por lo tanto nadie puede poseer “títulos de conquista”, ya que la Escuela hispánica de Salamanca sustituye las ideas medievales de soberanía universal del emperador, como del Papa, la jerarquización feudal y la segregación étnica religiosa, ya que los Principios se oponían a los dogmas basados en la Solidaridad de los Pueblos, ante el reconocimiento de la propia comunidad internacional que en lo sucesivo sería denominado “derecho de gentes”. (Díaz, Bárbara. “El Internacionalismo de Vitoria en la globalización”. Editorial Universidad de Navarra. España. 2005. Pág. 42)

Luego de analizar esta nueva perspectiva que promueve Vitoria, no podemos disociarlo de la antropología humanista tomista. Todo hombre (español o indio) que poseen razón o lenguaje, tienen derechos a pertenecer en una sociedad justa, en un contexto histórico en el que se planteaba si los indios eran considerados hombres, vasallos libres, capaces de recibir la fe. La razón es el fundamento del derecho; donde hay razón puede y debe haber derecho.

Todos los hombres, en tanto racionales son responsables de sus actos. Esto implica que todo hombre, sea español o indio debe tener igual dignidad. El hombre necesita de la comunidad para satisfacer sus necesidades, toda su capacidad ética.

El Estado comenzó siendo despótico pero un nuevo tipo de Estado ético es también lo único que puede salvarnos de la irracionalidad. El tema que dio su fundamento doctrinario, es su relección “De Indis” (Francisco de Vitoria. “De Indis Prior”. Sobre El Poder Civil. Sobre los Indios. Sobre el Derecho de la Guerra. Estudio preliminar, traducción y notas de Fr. Delgado, Luis. Tecnos. Madrid. Pág. 55-150), fue el propósito de regular la guerra mediante el derecho, con motivo de la conquista española en América. La idea de que la guerra no puede hacerse de cualquier manera, sino bajo normas estrictas, es la idea fuerza del pensamiento de Vitoria.

Solamente es lícita la guerra defensiva, pues éticamente, está justificada e incluso, el agredido, está obligado repeler la agresión del otro. Las agresiones por expansión imperial no están justificadas. El poder que intente semejante cosa no es legítimo.

El Hombre es sociable por su naturaleza (aquí reside su diferencia con las teorías filosóficas posteriores del Pacto o Contrato Social de Tomas Hobbes(1588–1679), John Locke (1632–1704 )y Juan Jacobo Rousseau (1712-1778) y se necesita una organización política para el bien común. Para ello cada sociedad debe tener un poder legítimo y soberano capaz de impartir justicia y reparar el daño producido por alguien de sus miembros.

Vitoria plantea que esto debía ocurrir a escala mundial, formando todos los pueblos una misma sociedad dentro de las diferencias. El Hombre es el centro de la creación, sujeto responsable de derechos por su naturaleza social y racional. Y tiene una serie de derechos naturales en tanto Cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad, etc.) y en tanto Alma (derecho la dignidad, libertad de pensamientos, etc.).

Por de pronto su pensamiento le sirve para analizar la licitud o no de la guerra contra los indios. Vitoria considera que los indios tienen derechos inalienables a poseer sus propios reinos, a conservar sus gobernantes y gobernarse a sí mismo.

Además, fue fundamental el aporte de su relección “De Iure Belli” (Sobre el derecho de la guerra) (Abellán José Luis. “El Erasmismo español”. Espasa Calpe. Madrid 1976. Pág. 45-62), la primera Reglamentación del Derecho de la Guerra. Pensando con realismo, hasta que no se constituya una sociedad internacional, hay que contar con la guerra legítima 10 para imponer justicia y reparar los graves daños cometidos por otra sociedad. Así el uso de la guerra queda limitada a condición de legitimidad muy estrecha. Sin ser demasiado estrictos, esas aspiraciones éticas ni siquiera hoy se han cumplido en parte.

“En definitiva, Vitoria busco establecer criterios razonables que pudieran ser aceptados por todos los hombres como títulos validos de conquista. Por eso, no sin razón, diversos autores lo consideran el fundador del Derecho Internacional Público” (Patricio de Blas Zabaleta, José de la Puente Brunke, María Jesús Reymundo, Enrique Roca Cabor, Ricardo Alberto Rivas. Historia Común de Iberoamérica. Edaf Ensayo. Madrid.2000 pág. 185

CONCLUSIÓN.

Además de la Historia Diplomática, la otra disciplina que desempeñó un papel preponderante en el estudio de la realidad internacional, con anterioridad a las Relaciones Internacionales como disciplina científica, ha sido el Derecho Internacional.

La formación en el siglo XV, gradualmente, de los Estados soberanos en Europa, hará que la Política Internacional se convierta en una de las preocupaciones de la época.

“En este proceso es la escuela española del derecho natural y de gentes la que sienta, especialmente de la mano de VITORIA y SUÁREZ, las bases de la ciencia del derecho internacional, si bien no debe olvidarse que éste, como disciplina y teoría autónoma, separada de la filosofía y de la teología, sólo aparece claramente en el siglo XVIII”. (Celestino del Arenal. Introducción a la Relaciones Internacionales. Cuarta Edición 2007. Tecnos. Madrid. Pág. 53).

Los teólogos -Juristas españoles tratan de interpretar y comprender los nuevos problemas, y los nuevos hechos que se van presentando. El resultado será el desarrollo de una Sociedad Internacional y de un Derecho Internacional, con un sentido universal y moderno, que culminará con una interpretación global de las relaciones internacionales o como señala Antonio Truyol, “en una filosofía de la sociedad internacional, como rama de la nueva relevancia doctrinal” (Truyol, Antonio. “Historia de la Filosofía y del Estado 2. De Renacimiento a Kant. Alianza Editorial. Madrid 2005. Pág. 96).

Estos autores no consideran al Derecho Internacional como una disciplina distinta de la Moral y de la Teología. La secularización posterior desembarca en una concepción 11 formal del Derecho Internacional en la que los Estados se presentan como fines en sí mismos y el Derecho Internacional en un instrumento a su servicio.

Hoy predomina la idea hobbesiana de un “estado de naturaleza” entre los Estados y salvo excepciones, serán contrarios, dados sus intereses de soberanía Estatal, a la idea de una comunidad internacional con ausencia del bien común. La sociedad Internacional pasa a ser considerada como el espacio absoluto de las relaciones interestatales, que se basa en la búsqueda “de un orden”.

El Derecho Internacional, se configura como Ciencia Jurídica Autónoma, separado de la Filosofía, la Teología y la Diplomacia Internacional, imponiéndose en la praxis a través “de la ley del más fuerte” y en los planes de estudios universitarios de base anglosajona.

Por esta causa se fue aplicando una línea diferente que desplaza a la concepción de Vitoria, que es la del holandés Hugo Grocio (1583-1645), como “padre” del Derecho Internacional. Entre sus contribuciones fundacionales se encuentra su defensa de la libre navegación de los ríos bajo el título de Mare Liberum -1609- (Eduardo Ortiz. Introducción de las Relaciones Internacionales. F.C.E. Santiago de Chile 2011.Pag. 43) y la Fijacion de las leyes armadas entre las naciones en “De iure belli ac pacis” (El derecho de la guerra y de la paz 1625).

Grocio plantea una sociedad de Estados que debilita la idea de una sociedad internacional basado en un Derecho Internacional, fundamentado en un Derecho Natural. (Hugo Grocio “El Derecho de la Guerra y de la Paz”. Editorial Maxtor. Valladolid España. 2020 3 tomos Primera Edición.1625)

La actualidad del pensamiento de Vitoria es muy importantes porque muchas de sus ideas siguen influyendo en el Derecho Internacional, la Ética Política y los Derechos Humanos. Vitoria es como lo señalamos a lo largo del trabajo el creador del Derecho Internacional Moderno, aunque las escuelas dominantes de los actores hegemónicos lo desplazan por Hugo Grocio.

Vitoria defendió la existe de un “derecho de gente” (“ius gentium”). El ius gentium o “derecho de gentes” fue un sistema jurídico romano aplicado a las relaciones entre ciudadanos y extranjeros (peregrinos), basado en la razón natural y la equidad. A diferencia del ius civile (exclusivo de romanos), este derecho consuetudinario facilitó el comercio, reguló la coexistencia multicultural y se considera un antecedente remoto del derecho internacional moderno.

El “derecho de gente” es un conjunto de normas y principios que regulan las relaciones de pueblos o naciones. La palabra “gente” significa pueblo o naciones. Por lo tanto, el derecho de gentes es el derecho que regula la relación entre pueblos.

Hoy estas ideas están totalmente en crisis, porque las Relaciones Internacionales sufren una crisis moral que incumbe principalmente a la sociedad occidental de variante europea y norteamericana.

Sin embargo el legado de Vitoria debe resonar en nuestros oídos en una “pedagogía de la escucha” como decía el Papa Francisco.

Vitoria pensaba que la humanidad formaba parte de una comunidad universal. Estas ideas tienen resonancia actual en debates sobre la globalización, migraciones y cooperaciones internacionales.

También sigue presente en la reflexión moral, especialmente en la Teología moral y la Doctrina Social de la Iglesia en una visión que combina derecho natural, dignidad humana y orden internacional basado en la justicia.

En síntesis, el pensamiento de Francisco de Vitoria sigue presente en la mundialización, en la actual fase de una tercera guerra mundial, porque anticipó ideas fundamentales contemporáneas:

  • Comunidad universal de los pueblos
  • Derecho Internacional
  • Dignidad y derecho de todos los pueblos
  • Límites éticos al poder político
  • Dimensión moral del comercio y las relaciones globales.

*Profesor de Historia. Magister en Sociología. Dr. En Ciencias de la Educación. Dr. En Ciencias Política. Especialista en Geopolítica, Seguridad, Historia Latinoamericana y Doctrina Social de la Iglesia. Ha escrito más de 25 obras sobre estas temáticas. Y dos de sus libros “Porque Patria Grande” y “Poliedro y Amistad Social” han sido prologados por el Papa Francisco y Editorial Paulus – Brasil- publicó dos obras suyas. Ha brindado clases, seminarios y conferencias invitado por Universidades de América Latina, Asia, Europa y África. Profesor de Nivel Superior (Universitario y no Universitario y de Posgrado). Profesor de la Universidad del Salvador. Buenos Aires. Argentina

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